Pocas áreas de la política comercial universal han cambiado tan rápidamente o de guisa tan impredecible como los aranceles durante el año pasado. A partir de 2025, el amplio software tributario de la despacho Trump abarcó los llamados “aranceles de fentanilo” dirigidos a China, México y Canadá, así como aranceles recíprocos a nivel mundial. En conjunto, estos factores hicieron que el tipo tributario promedio estudioso a las importaciones estadounidenses pasara de aproximadamente el 2,6% al 13%. El peso crematístico de esos aranceles recayó abrumadoramente sobre las empresas y los consumidores estadounidenses, que soportaron casi el 90% de la carga.
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Luego llegó un punto de inflexión constitucional. El 20 de febrero, la Corte Suprema de Estados Unidos invalidó los aranceles globales que la despacho había impuesto bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) en Capital de educación, Inc. et al. contra Trump. Sin secuestro, el mismo día, la despacho demostró su intención de seguir delante: la Proclamación Presidencial 11012 impuso un recargo mundial del 10% para afrontar los déficits “grandes y graves” de la romana de pagos, sujeto a un tope del 15% y un divisoria de duración de 150 días. Oportuno a que la proclamación se emitió a finales de febrero, ese divisoria expira a las 0:01 am del 24 de julio, a menos que el Congreso actúe para extenderlo.
Recordando que el panorama tributario cambia con frecuencia, lo venidero refleja dónde están las cosas y qué empresas, importadores y profesionales del comercio deberían seguir de cerca.
Lo que sabemos
La despacho ha dejado claro que tiene la intención de seguir aplicando una amplia autoridad arancelaria a través de cualquier herramienta constitucional que quede apto. Se están llevando a término nuevas investigaciones comerciales en virtud de las Secciones 232 (seguridad franquista) y 301 (prácticas comerciales desleales) de la Ley de Expansión Comercial de 1962 y la Sección 338 de la Ley Arancelaria de 1930, la última de las cuales no tiene un uso previo significativo pero autoriza aranceles de hasta el 50% sobre las importaciones de países que discriminan a los productos estadounidenses. Se prórroga que los objetivos incluyan a China, la Unión Europea y otros socios comerciales importantes en cuestiones que van desde la seguridad franquista y el exceso de capacidad industrial hasta las restricciones al comercio digital y el trabajo forzoso. La despacho está buscando un cronograma acelerado con aranceles potencialmente implementados para el verano.
Mientras tanto, la edificación de aplicación multilateral que de otro modo podría controlar estas acciones sigue efectivamente inhabilitada. El Entraña de Apelación de la Ordenamiento Mundial del Comercio no ha podido escuchar nuevas apelaciones desde diciembre de 2019 luego de que Estados Unidos bloqueara los nombramientos necesarios para suministrar el quórum. El resultado es una táctica conocida como “apelar al malogrado”: una parte perdedora presenta una apelación que no puede ser escuchada, lo que coloca las disputas en un corona constitucional y frustra cualquier aplicación significativa. Por razones políticas, la resolución de los actuales conflictos arancelarios en la OMC sigue siendo una perspectiva lejana.
El Capital de educación La audacia además ha complicado las negociaciones comerciales bilaterales que la despacho había estado llevando a término bajo el paraguas de su autoridad arancelaria IEEPA. La UE, India, Taiwán y Bangladesh han retrasado o reconsiderado acuerdos previamente alcanzados bajo ese ámbito, mientras que Japón y Corea del Sur han indicado que honrarán las inversiones y los compromisos comerciales anunciados.
Lo que pensamos que somos Conocer
Se prórroga que la Corte de Comercio Internacional (CIT) actúe rápidamente para establecer un proceso para reembolsar los 165 mil millones de dólares estimados en aranceles IEEPA recaudados ilegalmente. En Atmus Filtration, Inc. contra EE. UU.el tribunal emitió una orden el 6 de marzo ordenando a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. que informara sobre el progreso en torno a el crecimiento de un proceso de reembolso. En las declaraciones presentadas en ese caso, los funcionarios de la CBP describieron los esfuerzos para desarrollar una funcionalidad adentro del entorno comercial automatizado para allanar el cálculo y la puesta en circulación de posibles reembolsos de tarifas de la IEEPA. Las declaraciones hacían relato a procesos internos bajo el módulo de Dependencia Consolidada y Procesamiento de Asientos.
Un punto crítico para las empresas: según 28 USC § 1581(i), sólo los importadores registrados tendrán capacidad constitucional para presentar reclamaciones de reembolso en el CIT. Las empresas que pagaron costos arancelarios transferidos por los importadores, incluidos fabricantes, minoristas y otros compradores intermedios, no podrán presentar reclamaciones directamente. Esas empresas deben comunicarse ahora con sus importadores registrados para comprender cómo se manejarán las solicitudes de reembolso y respaldar que sus intereses estén protegidos en el proceso.
Por otra parte, hay motivos para creer que se puede restablecer la exención de minimis de 800 dólares. El Congreso creó esa exención en 1938 para permitir que intereses de bajo valía ingresaran al país libres de impuestos. La despacho Trump lo eliminó mediante orden ejecutiva, primero para las importaciones chinas en mayo de 2025 y luego a nivel mundial en julio. Esa acto ahora está siendo impugnada en Detroit Axle contra el Sección de Comercio con el argumento de que excedió la autoridad estatutaria presidencial y constituyó una acto arbitraria y caprichosa de la agencia, argumentos que han yeguada fuerza adicional a raíz de la Capital de educación audacia.
Lo que no hacemos Conocer
Las incertidumbres que se avecinan son sustanciales y las empresas deberían planificar en consecuencia. Quizás la pregunta habilidad más inmediata es cómo fluirán los reembolsos. Incluso si la CBP distribuye con éxito los reembolsos de la IEEPA a los importadores registrados, no está claro cómo o si esos fondos llegarán a las empresas transformadoras y a los consumidores que verdaderamente soportaron el costo crematístico de los aranceles. A continuación se presentan preguntas relacionadas: ¿Qué correcciones deben hacer las empresas a las declaraciones de impuestos, presentaciones frente a agencias, reclamos de seguros y presentaciones regulatorias que se basaron en costos que incluyen tarifas? Los litigios sobre estas cuestiones parecen prácticamente seguros.
Igualmente queda por ver con qué beligerancia actuarán los tribunales estadounidenses respecto del nuevo recargo de la Sección 122 y otros aranceles potenciales y qué nivel de deferencia extenderán a las justificaciones legales de la despacho. Los tribunales confirmaron los aranceles de las Secciones 232 y 301 durante la primera despacho Trump, lo que puede sugerir que las herramientas legales restantes de la despacho resultarán más duraderas que la IEEPA. La despacho además ha señalado que puede apelar la Capital de educación decreto y impugnar la obligación de emitir reembolsos, posición declarada públicamente por el presidente, el secretario del Fortuna y el representante comercial de Estados Unidos.
Mientras tanto, el Congreso conserva la capacidad de remodelar todo el panorama ampliando la duración de los aranceles de la Sección 122, ampliando o restringiendo la autoridad arancelaria del presidente o tomando otras medidas legislativas. Si el Congreso actuará –y en qué dirección– sigue siendo una cuestión abierta.
Conclusión
Lo que se puede afirmar con seguridad es lo venidero: los aranceles amplios seguirán siendo una característica de la política comercial estadounidense durante esta despacho de una forma u otra. Estarán determinadas por las negociaciones bilaterales, las consideraciones políticas, el comportamiento de los socios comerciales y la transformación de los límites establecidos por los tribunales. El mecanismo constitucional y burócrata para afrontar las consecuencias del Capital de educación La audacia tan pronto como comienza a tomar forma y los próximos meses serán cruciales.
Para las empresas dedicadas al comercio internacional, el mensaje es claro: manténgase cerca de su asesor constitucional, mantenga relaciones activas con sus importadores registrados y supervise cuidadosamente los acontecimientos. El panorama seguirá cambiando y hay mucho en distracción como para tomarlo desprevenido.
Semblanza del autor
Carlos Baldwinsocio de Brooks Pierce en la ciudad portuaria de Wilmington, Carolina del Septentrión, utiliza su amplia experiencia en transacciones transfronterizas para asesorar a empresas sobre comercio internacional, renta de peligro y entrada al mercado estadounidense. Puede ser contactado en cbaldwin@brookspierce.com.
Este artículo no es asesoramiento constitucional y expresa las opiniones del autor, no del oficina de abogados Brooks Pierce.




