Los operadores de embarcaciones que hacen escalera en puertos de California deben cumplir con estrictas regulaciones ambientales estatales específicas, adicionalmente de las normas federales. Según Gard, los requisitos estatales pueden ser más estrictos que los federales y conllevar sanciones diferentes.
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Alertar la propagación de especies invasoras
El Software de Especies Marinas Invasoras de California (MISP), administrado por la Comisión de Tierras Estatales (SLC), se aplica a embarcaciones de 300 toneladas brutas de registro o más capaces de transportar agua de inconveniente. El 30 de diciembre de 2025, la SLC emitió recordatorios de que se debe presentar un Formulario de documentación anual de embarcaciones (AVRF) una vez por año calendario al menos 24 horas ayer de la primera venida de una embarcación al puerto de California. Además se debe presentar un Mensaje de diligencia del agua de inconveniente (BWMR) al menos 24 horas ayer de cada escalera en un puerto de California, incluidos los movimientos entre puertos estatales; para viajes inferiores a 24 horas, deberá presentarse a la salida del final puerto. Si perfectamente se debe utilizar el formulario de documentación de la Centinela Costera de EE. UU., se debe expedir una copia por separado al SLC.
Una regla de emergencia, adoptada por primera vez en junio de 2025 y recientemente adoptada nuevamente, requiere que los buques que transportan agua de inconveniente proveniente de aguas de pérdida salinidad (por debajo de 18 ppt) realicen un intercambio de agua de inconveniente ayer de la descarga en el dominio de la Bahía de San Francisco al este del Puerto de Rodeo (incluido), que se extiende hasta Stockton y Sacramento. El personal de SLC inspecciona al menos el 25% de los buques que llegan para corroborar el cumplimiento, y los buques deben tener planes de diligencia, libros de registro e informes de los últimos dos primaveras disponibles a borde.
Ceñir las emisiones de los buques
La Juntura de Bienes del Espacio de California (CARB) hace cumplir los requisitos de combustible con bajo contenido de azufre del estado, que se superponen con el Ámbito de Control de Emisiones de América del Finalidad MARPOL. Uno y otro limitan el azufre del combustible al 0,10%, pero el Reglamento de combustible para buques oceánicos (OGV) de CARB requiere adicionalmente el uso de combustibles destilados con bajo contenido de azufre nada más, como gasóleo marino o gasóleo marino, y no permite el cumplimiento mediante depuradores. Sólo acepta gas natural, propano, alcohol etílico, CH3OH, hidrógeno, electricidad o pilas de combustible como combustibles alternativos; otras alternativas, como los biocombustibles, requieren aprobación previa.
El Reglamento de atraque OGV de CARB exige que todos los buques informen electrónicamente la información de la cita internamente de los 30 días posteriores a la salida. Actualmente, los buques portacontenedores, frigoríficos, de pasajeros y ro/ro que hacen escalera en la mayoría de las terminales, y los buques cisterna en los puertos de Los Ángeles o Long Beach, deben utilizar una organización de control de emisiones (CAECS) aprobada por CARB, como energía en tierra, durante cada cita. A partir del 1 de enero de 2027, los buques cisterna que hagan escalera en todos los puertos restantes de California, excepto en las terminales de pérdida actividad, estarán sujetos a los mismos requisitos. Los buques de carga caudillo y graneleros deben cumplir con otras obligaciones, incluidos los límites de opacidad y la presentación de informes. Los operadores deben coordinar con los operadores de la terminal por escrito al menos siete días ayer de la venida con respecto a las deposición de CAECS.
Los requisitos reglamentarios pueden variar entre puertos y se recomienda una confirmación proactiva para evitar retrasos o sanciones. Se recomienda a las embarcaciones que verifiquen con agentes locales o una persona calificada los cambios. Si surgen dudas, los operadores deben ponerse en contacto con el corresponsal lugar de Gard en el puerto correspondiente de California.
Fuente: Plataforma de inteligencia de mercado IndexBox





